El censo preliminar de amianto puede consultarse online, en la web https://munimap.org, propiedad de Gisgal, para los ayuntamientos que utilicen nuestros servicios, y en los siguientes casos:
-Si eres un funcionario municipal, tu ayuntamiento ha contratado el servicio de visor web de LocAm, y te ha facilitado una clave de acceso.
-Sin clave de acceso, si tu ayuntamiento ha contratado el servicio de visor web de LocAm y además se ha decidido hacer pública esta información.
En este segundo caso, al entrar en munimap.org, podrás hacer zoom al territorio de tu ayuntamiento y hacer clic sobre los edificios que se ven representados por polígonos de color, para acceder a la información sobre su clasificación preliminar de riesgo.
Es muy recomendable consultar el visor desde un pc, un portátil, o al menos desde una tablet, ya que la cantidad de información que se muestra no se adapta correctamente a una pantalla pequeña como la de un móvil.
Al hacer clic en un edificio verás una ventana de información, que en su esquina superior izquierda tiene tres opciones: Edificio, Uso y Resumen
La opción “Edificio” muestra información general del mismo, el listado de los distintos usos presentes en el inmueble, y el valor de la clasificación preliminar de riesgo asignada al edificio, que será la más desfavorable de entre las clasificaciones de todos los usos presentes.
A continuación explicamos el significado de las opciones Uso y Resumen.
Un edificio suele estar formado por diversos locales o estancias, y estos locales suelen tener usos distintos. Por ejemplo, en un edificio de viviendas, además de las viviendas suele haber una parte de la construcción dedicada a garajes, y puede haber otra parte dedicada a hostelería o comercio (los bajos comerciales).
En el visor de LocAm, una vez que seleccionamos un inmueble y en la ventana de información escogemos la opción “Uso”, vemos la descripción del mismo en el centro de la parte superior, en un campo de título desplegable en el que podemos escoger entre la información de los distintos usos que Catastro tiene registrados para ese inmueble.
En esta opción “Uso”, se nos muestra infomación adicional sobre cada uso concreto.
En algunos edificios públicos se podrá ver información sobre el organismo titular del mismo, pero en los edificios que son propiedad privada el censo no dispone de los datos de los titulares.
La opción “Resumen” hace referencia a “Resumen de la clasificación de riesgo”, y nos muestra los valores de riesgo asignados en el censo preliminar para cada uso del edificio, para una lista de posibles materiales con amianto, y para cada uno de los tres tipos de riesgo en los que se basa el censo preliminar.
Finalmente se calcula un coeficiente para cada tipo de material ponderando todos los valores, y se toma como valor de riesgo el más desfavorable, que es el que vemos destacado en color amarillo, naranja o rojo.
Se llama a esta opción Resumen ya que el cálculo de cada uno de los valores que se muestran proviene a su vez de una gran cantidad de datos que por su extensión y carácter técnico sería poco útil mostrar en un visor público.
Al igual que antes, podemos utilizar el menú de título desplegable para ir alternando entre los distintos usos presentes en el edificio, ya que cada uso tiene su propia valoración.
El objetivo del censo preliminar de edificios con amianto es poder ordenarlos para saber en qué edificios habría que hacer una inspección o una posterior retirada de materiales con amianto, y en qué edificios sería más recomendable tomar alguna de estas medidas. El amianto debe buscarse donde más probable sea su presencia y donde más perjudicial pudiese ser para más personas.
Por eso la valoración del riesgo se hace teniendo en cuenta tres grupos de datos, cada uno de los cuales da respuesta a una de estas preguntas:
Riesgo 1: Presencia.- ¿Es probable que haya amianto en el edificio?
Riesgo 2: Peligrosidad.- Si lo hay, ¿cómo es de dañino?
Riesgo 3: Exposición.- En ese edificio, ¿cuánta gente podría estar expuesta al amianto?
Los tres factores de riesgo se combinan para calcular el valor de riesgo final, dándole especial importancia al factor 3, ya que la prioridad es localizar y retirar el amianto de donde pueda ser perjudicial para más personas.
El valor de riesgo final se obtiene como media ponderada de los valores de los tres factores de riesgo, con especial peso del valor de riesgo por población expuesta, y se expresa como un nº del 0 al 100.
Este valor no representa en modo alguno una probabilidad de sufrir daños por amianto. Su valor es relativo, se utiliza para comparar unos edificios con otros, con la única función de clasificar y ordenar los miles de edificios que hay en un ayuntamiento.
Si bien es cierto que un edificio con un valor de 30 presenta más riesgo que uno con un valor de 15, eso no quiere decir que en el primer edificio haya un 30% de probabilidad de sufrir daños, ni que sea el doble de peligroso que el de valor 15. Lo único que expresa es que llegado el caso se debería revisar el primer edificio con más prioridad que el segundo.
Como se explica en el apartado anterior, el valor de riesgo que se asigna a un edificio tiene como única función clasificar y ordenar los miles de edificios del ayuntamiento, para poder planificar las medidas a tomar.
Por la misma razón, clasificar como de riesgo alto los edificios con un valor de riesgo mayor de 40, no significa necesariamente que haya un riesgo grave, y sólo significa que esos edificios deberían inspeccionarse antes que otros de cara a ser eficientes en la localización y retirada de estos materiales.
El riesgo grave del amianto para la salud se da por una exposición prolongada a las fibras sueltas del material, y la presencia de un material con amianto en una construcción no debe verse como un riesgo ni inminente ni grave para los usuarios de ese edificio, si bien es totalmente recomendable su eliminación.
En general, los edificios que superan un valor de 40 en la clasificación preliminar, y que por lo tanto aparecen en rojo y clasificados como riesgo alto, son sólo aquellos en los que el proceso de teledetección basado en el análisis de fotografías aéreas o satelitales ha detectado la posiblidad de que haya amianto en su cubierta, o bien aquellos en los que en una posterior inspección visual se ha detectado una elevada probabilidad de presencia de ese o algún otro material con amianto. Aún así, la presencia de ese material no se dará por cierta hasta que se compruebe mediante una inspección, llegado el caso.
Como ya se ha citado en la explicación del Resumen de riesgo, en cada edificio se contempla la valoración del riesgo de forma separada para cada uno de sus usos (residencial, parking, comercial, hotelero, deportivo, etc).
Esto es así ya que el uso que se da a las distintas partes de un edificio tiene implicaciones en la probabilidad de que se hayan utilizado ciertos materiales con amianto en su construcción, y por encima de todo el uso determina en gran medida la cantidad de personas que pasan por el edificio y que por lo tanto podrían estar expuestas a esos materiales.
En este momento el censo consiste en asignar a los edificios una categoría de riesgo en función de su año de construcción, los usos presentes, y el número de personas que los utilizan. También se tiene en cuenta la probabilidad de que tengan cubiertas de amianto a partir del análisis de fotografías aéreas y satelitales.
Se trata simplemente de una estimación de la probabilidad de que pueda haber amianto, y es “preliminar” porque se realiza como paso previo a las comprobaciones in situ que podrían producirse más adelante.
La ley 7/2022 (de residuos y suelos contaminados para una economía circular) obliga a los ayuntamientos a contar con un censo de construcciones con amianto, pero esto en rigor sólo sería posible una vez comprobada la presencia de amianto en todas y cada una de las construcciones en el territorio del ayuntamiento, y éstas se cuentan por miles.
Enviar inspectores a realizar comprobaciones a todos los edificios es en la práctica inviable, y aunque no lo fuese sería extremadamente ineficiente.
Ordenar las construcciones por la probabilidad de que tengan amianto y planificar futuras comprobaciones a partir de esa clasificación de probabilidad es imprescindible para acometer la elaboración del censo de una forma eficiente.
La eficiencia en la detección de amianto vendrá dada por la localización del mayor número posible de edificios con amianto con las menores inspecciones posibles, y ahí es donde el censo preliminar tiene una enorme importancia, al permitir dirigir las acciones y los recursos a donde sea más probable que haya amianto.
Muchas de las placas de fibrocemento utilizadas en tejados antes del año 2002 contenían amianto (como las muy populares placas de fibrocemento de la marca Uralita). El término teledetección se utiliza en este contexto para hacer referencia a la estimación de la probabilidad de presencia de estas placas con amianto en los tejados, a partir de diversas técnicas informatizadas de análisis de fotografías aéreas y de satélite.
En algunas partes del país también fue habitual la instalación en los tejados de depósitos de agua fabricados con este mismo material.
Es importante destacar que la teledetección forma parte de la clasificación preliminar, ya que estas técnicas nunca pueden afirmar con certeza la presencia de amianto. La función de la teledetección, al igual que el resto de estimaciones del censo preliminar, es únicamente la de optimizar los recursos destinados a las futuras inspecciones, dirigiéndolas a donde sea más probable localizar amianto.
A día de hoy no hay obligación legal de retirar el amianto de los edificios de propiedad privada.
La ley 7/2022 obliga a los ayuntamientos a localizar los emplazamientos e instalaciones con amianto, y el censo preliminar forma parte del cumplimiento de esta obligación.
Los ayuntamientos, por su parte, sí que están obligados a retirar el amianto en los edificios de su propiedad, es decir, en los edificios públicos municipales, antes del año 2028.
Los distintos materiales con amianto fueron siendo prohibidos a lo largo del tiempo, dejando de comercializarse totalmente en el año 2002. De ahí que los edificios que según Catastro se terminaron después del 2004 se califiquen como de riesgo cero o nulo, ya que se da por hecho que ningún material con amianto pudo ser utilizado en su construcción.
Los dos años de margen obedecen a que la fecha de construcción de la que se dispone es la del final de la misma, y durante los años 2003 y 2004 se terminaron de construir edificios que pudieron comenzaron sus obras antes de 2002.
Si tu ayuntamiento ha decidido publicar el censo en https://munimap.org, los ciudadanos pueden ayudar a depurar el censo de amianto enviando información acerca de posibles ubicaciones con amianto, o notificando errores en la información del censo.
Para ello, en la ventana de información que se abre al hacer clic sobre un edificio, y habiendo seleccionado la opción “Uso” o la opción “Resumen”, en la esquina superior derecha veremos un icono de un sobre, que nos permite envíar al ayuntamiento un mensaje acerca del edificio y uso que tenemos seleccionado.